En relación al proceso formativo iniciado por el banco
para certificación de figuras comerciales en cumplimiento de la normativa MIFID
II (octubre 2016 CASF/Asesoramiento para Directores, Select y Gerentes
Empresa), inicia éste mes de marzo las convocatorias a CISF/Información para
los colectivos de Subdirectores y Ejecutivos Comerciales, generando gran
inquietud en las plantillas.
Con carácter previo, trasladaros que en reiteradas
reuniones de Formación, UGT le ha planteado al banco la necesidad de revisar el
Acuerdo de Formación del año 1999, ya que sistemáticamente se incumple, entre
otras, el no llevar a la práctica las fórmulas contempladas para compensar la
formación que se realiza fuera del horario laboral, el gran problema que presenta
en la actualidad la formación en Santander, por lo que no entendemos por qué no
se sientan a revisar dicho acuerdo.
Uno de los cambios importantes que establece MIFID II es
la acreditación de un determinado nivel de conocimientos para los trabajadores
del sector financiero, desarrolladas en directrices de ESMA y que en términos
generales fija determinados criterios, como evaluaciones independientes,
estándares europeos y diferente nivel para asesorar y para informar, pero en
última instancia será la CNMV la competente en implementar que tipo de
certificación es válida y cual no. A fecha de hoy no hay comunicación oficial
al respecto.
Certificaciones anteriores: Aquellos compañeros que bien
a través de la formación impartida por el banco, por sus propios medios o por
otras vías (la propia Sec. Sindical de UGT en 2009 canalizó muchas solicitudes
de ésta formación contemplada en el Plan de Formación de UGT) y que obtuvieron
con EFPA las certificaciones EFA II o DAF I, y no tenían actualizadas la
renovación de las mismas, le solicitamos al banco la reactivación de las
mismas, obteniendo respuesta favorable del Área de Cumplimiento con la
realización de un módulo más reducido y que les habilitaría para informar, no
para asesorar, pero evitarían la certificación completa.
A la vista del contenido de los cursos ya implantados
(CASF y CISF), vemos unos contenidos excesivamente técnicos y de duración
“prefijada” por la empresa formadora muy elevada, y que previsiblemente se
inviertan mayor cantidad de horas. Tiempo que deberá restarse de la vida
personal de los participantes y como añadido a las dilatadas jornadas
laborales. Entre otras, nuestras propuestas presentadas al Banco:
* Consideramos que ésta formación debería haberse
sustentado fundamentalmente con sesiones presenciales; se subsanaría en parte
si se realizaran en cada capital de provincia y en horario laboral, al menos a
celebrar en cada módulo.
* Adaptar los objetivos de las oficinas, dado que en la
mayoría de los casos afecta a varias personas de la misma sucursal.
* Compensación económica y en días de vacaciones a aquellos
compañeros que superen las pruebas.
* Solicitamos aclaraciones acerca de la responsabilidad en
la que incurren los empleados que habiendo obtenido las certificaciones de
Asesoramiento, comercialicen los productos ofertados por el banco. A
éste respecto queremos aclarar que si el profesional no mantiene la formación
continua o incumple el código ético al que se compromete perdería la certificación.
En base a ese Código Ético, ¿va a poder decidir no comercializar determinado
producto por mucha presión que haya de objetivos?
* Aclaraciones acerca de la responsabilidad jurídica, en la
que puedan incurrir los empleados “certificados” que comercialicen los
productos ofertados por el banco.
* Que se nos de aclaración que procedimientos tiene
previsto el banco para aquellos profesionales que no obtengan las
certificaciones en los plazos previstos.
Si se contemplan y de cuántas convocatorias a examen se
van a disponer.
Siempre hemos entendido y defendido que la formación es
un derecho para los trabajadores, (rogamos leáis circular de UGT:
“CERTIFICACIONES EN EL BANCO SANTANDER”, tablón sindical UGT 14/12/16.), que
nos permite progresar profesionalmente y en beneficio del Banco. De ningún modo
podemos asumir que se derive en el personal toda la responsabilidad ni riesgo
alguno para el empleo.
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